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Ladrón que roba a ladrón: sobre compartir contenido protegido por copyright en Internet

Por: Javier Raya - 08/05/2013

Compartir, más que una postura cristiana, es un elemento de subversión del orden de la ley. Una reflexión acerca del por qué la apropiación, el copyleft y el acto mismo de compartir resultan profundamente problemáticos para la ley. O algo.

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La pobreza bloquea, censura: es una carencia que se superpone con el vacío de la imposibilidad. De este modo, el dinero aparece como mediador del deseo: identificado con la potencia y con la imaginación, expresa, reprime, transforma y es el soporte mismo de la ficción. (...)

El dinero –podría decir Roberto Arlt– es el mejor novelista del mundo.

Ricardo Piglia

Introducción a El juguete rabioso, de Roberto Arlt.

Compartir. (Del lat. compartīri).

1. Repartir, dividir, distribuir algo en partes.

2. Participar en algo.

(RAE, 22a edición.)

En el principio, Eva comparte con Adán el fruto del árbol del conocimiento: el objeto inapropiable por excelencia, puesto que Yahvé prohibe incluso sentarse bajo sus ramas; el fruto prohibido no sólo es objeto de apropiación sino que el otro (el único otro disponible, el primer otro, Adán) participa de esa apropiación. ¿El pecado original consistiría en la apropiación, o en cambio, en el compartir? ¿Cuál es el delito más grave, el delito a secas: ofrecer el fruto o tomar el fruto que nos es ofrecido?

Compartir compartimento tienen orígenes y consecuencias conceptuales similares: la primera acepción de compartir autoriza al usuario para aplicar la palabra al ejercicio de dividir algo en partes, o de categorizar y dividir en compartimentos algo con el propósito de conocer al todo a través de sus partes. Este ejercicio metonímico y taxonómico tiene importantes consecuencias políticas para las prácticas de compartir contenidos de diversa índole en Internet: ya sea redistribuyendo la información, o filtrando, comentando o haciéndola disponible para otros, la mayor parte del contenido que recibimos a través de las redes sociales, para citar sólo una práctica, proviene de una iniciativa subjetiva y espontánea de participar en la reproducción de un bien público.

No ser los únicos que prueben los frutos del árbol del conocimiento a menos que los demás puedan tener acceso a ellos también.

A estas alturas del siglo XXI sigue siendo productivo llamar a Walter Benjamin en nuestra ayuda para ejemplificar cómo la tecnología permite la reproductibilidad de la información sin volver obsoletas otras tecnologías. El ebook no ha vuelto obsoleto al libro impreso, ni el televisor hizo obsoleto al cine. Benjamin, sin embargo, no se pregunta por la reproductibilidad en sí, sino en cuanto a su relación con lo que constituye una obra de arte. Así, no querría llamar la atención aquí sobre las instancias estéticas del compartir o no "contenidos" en Internet en tanto arte o no-arte, sino sobre el aspecto político derivado de las condiciones de reproductibilidad.

Sin polisílabos que oscurezcan, enturbien o hiperventilen a los fans de Chomsky, lo que me interesa es pensar lo que está en juego en la política del compartir ese algo que la RAE registra en las dos acepciones del verbo: el algo entendido en términos políticos como objeto de propiedad, el cual se "reparte, divide o distribuye", y, sobre todo, el algo en que se participa, el algo como instancia de interactividad. Ese algo, sobre todo, que no es más que la fruta prohibida en tanto objeto de un deseo regulado por la ley, que puede prohibir el acceso a ella y que, a pesar de la ley misma, puede compartirse. 

(Y hay quien piensa que los ateos no pueden aprender nada de la Biblia.)

Consideraciones sobre algo

Pirate Bay Windows XP Logo

Algo es la propiedad caracterizada por su indeterminación. Es una categoría general, un compartimento vasto para agrupar y sobre todo dividir los tipos de objetos que se quieran pensar. Algo es el objeto, animal, quimera o cosa indeferenciada de otras, la propiedad sin atributos, el grado cero de la posesión sobre la que recaen los efectos de esta. Para que la propiedad pueda funcionar, alguien debe ser capaz de reclamar la legítima posesión de algo.

Sin embargo, ¿cómo podemos decir que alguien (usted o yo, por ejemplo, sujetos políticos más o menos determinados en nuestra capacidad de reclamar la legítima posesión de uno o varios algosposee un algo concreto y determinado, que rompa con la ambigüedad de esos sucios algo abstractos? Algos como el software libre, los libros de Jean Baudrillardla película Footnoteel último disco de Daft Punk o la serie Black Mirror, digamos. ¿Cómo se posee un pdf?

Los acuerdos legislativos que se llevan a cabo en diversas cortes del mundo sobre regulaciones de propiedad en Internet indican que cuando usted o yo compartimos contenido como el anterior, protegido por leyes de derechos de autor, estamos robando, esto es, reclamando mediante una apropiación ilegítima la propiedad de un bien cultural que reporta beneficios económicos a los que sus autores o productores (y sobre todo distribuidores) tienen legítimo derecho. Así, aunque la piratería en tanto forma del crimen organizado reproduzca la maximización de la utilidad capitalista de cualquier empresa privada, se considera pirata, también, a aquellos individuos que sacan a los productos de la órbita de circulación del capital. En una frase de manida retórica, podríamos decir que el que comparte mira el valor y no el precio, o con un poco más de precisión, que compartir en Internet implica transformar el valor de cambio de un objeto en valor simbólico. Volveremos sobre esto más adelante.

Tener o no tener: esa es la verdadera cuestión

Por lo pronto sé que estoy haciendo muchas generalizaciones groseras, por lo que me permitiré hacer una más. 

Según las leyes vigentes, descargar el último disco de Daft Punk para escucharlo en mi computadora es un acto equiparable a entrar en la casa de Guy-Manuel de Homem-Christo o de Thomas Bangalter, quitarles sus billeteras y sacar de ellas todo el dinero que no han ganado aún por las ventas del Random Access Memories.

La posesión permite al poder ubicar al sujeto (que en realidad no puede existir para ellos sin la idea de propiedad) en los márgenes del sujeto mismo: el sujeto es quien tiene. "Un hombre sin tierra no es hombre", etc. Sin la posesión, pues, no hay sujeto. ¿Pero es "sin la posesión" o "sin tener a quien imputar la posesión"? En realidad muy pocas personas están en la cárcel por descargar películas o libros de Internet, y el contexto siempre tiene que ver con un aparato mediático de una disquera o una distribuidora que quiere enviar un mensaje al estilo gángster.

O una Universidad que, atendiendo al orden de prácticas corporativas en el ámbito de la iniciativa privada, las reproduce para colocar al libro y su difusión en el orden de las mercancías:

Lo importante para el poder, pues, es determinar la propiedad como tal: ni siquiera se trata de determinar la propiedad entendida como objeto (qué es, de qué consta) sino a quién pertenece; no es una discusión para Walter Benjamin sino para Sam Walton. Una vez determinada la propiedad, el sujeto puede determinarse a su vez a partir del tipo de relaciones de propiedad y apropiación que establece con sus propiedades (o a las que sus propiedades lo obligan legalmente), y que las condiciones en que dichas relaciones se producen satisfagan las reglas del poder. Abreviando: usted no es lo que posee y en realidad no importa si quiere tomar la via parmenidea o hamletiana y ser o no ser; usted puede ser o no ser y hablar con la calavera de Yorick (en el lujosísimo modelo propuesto por Damien Hirst, claro.)

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"For The Love of God", de Damien Hirst
Técnica: muchos diamantes.
Valor estimado en el mercado: $30 millones de dólares

Tal vez conscientes de que "una fase de la cultura ha llegado a su fin y que leyes más duras no bastarán para detener una dinámica social que ya se puso en marcha y es arrolladora", como afirman los teóricos de Wu Ming 1, Radiohead puso su disco In Rainbows a disposición de quien quisiera descargarlo, aportando o no una compensación económica a la banda, en octubre del 2007. Porque la única forma de que un algo escape a la tentación de la apropiación ilegítima es sacar ese algo del circuito de apropiación del capital.

En otras palabras, compartirlo.

Compartir

Compartir hace que colapse la idea de propiedad. Vuelve al poder (constructor de la ley) incapaz de determinar al sujeto que se apropia; de ahí el miedo al copyleft, del cual no comprenden que si yo pongo a disposición de ustedes un montón de libros de Giorgio Agamben en pdf y yo me quedo con una copia de cada uno, nadie pierde ningún libro de Agamben, ni siquiera Agamben.

Según la ecuación de los propietarios, yo puedo poseer algo, pero debería perderlo si lo comparto. Así funciona el DRM en los videojuegos, por ejemplo. No comprenden que compartir algo es precisamente no perderlo al abolir en el sujeto la posibilidad de la posesión. Compartir es el principio de la negociación entre pares, de donde Cicerón derivará la amistad y la idea misma de democracia y un montón de discursos increíbles.

El copyright, de hecho, no protege a los creadores, sino a los productores y distribuidores, es decir, de los administradores de los medios de producción, a los propietarios legales de las creaciones. Porque las creaciones no existen para el mercado sino en términos de valor de cambio, cuya administración depende de las gestiones de tales productores y distribuidores que se apropian legalmente de las obras para lucrar con ellas. En caso de que yo descargara la discografía de los Beatles, ¿me apropio de los derechos intangibles y del legado cultural del cuarteto de Liverpool o me apropio de los derechos de propiedad intelectual en manos de los herederos de Michael Jackson?

Bueno, a decir de la gente que sabe, me apropio de ambas, robando al ladrón que robó al ladrón que robó al ladrón, etcétera.

Dinero y ficción

Las legislaciones en la materia no toman en cuenta la existencia y operación de licencias como Creative-Commons para permitir el libre acceso a la información bajo premisas muy claras: no lucrar con el contenido, no modificarlo (a menos que la licencia lo permita) reproducir a la vez que el contenido, la licencia, y sobre todo permitir y garantizar que otros puedan compartirlo también.

Al descargar el Random Access Memories en realidad no estoy robando dinero que no existe de los bolsillos de Daft Punk, sino del presupuesto de ventas de su disquera. Pero si algo ha hecho posible la era digital es que los medios de producción queden al menos en parte a disposición de los creadores: editoriales de garage, estaciones de radio ocultas en bunkers, #bibliotuits, bandas subiendo sus discos a SoundCloud, etc., el mensaje es claro: el capital simbólico de una obra o un contenido, para ser transformado en capital económico, debe pasar por el mercado. El copyleft no busca destruir al mercado; simplemente desconoce su autoridad para regular el intercambio de obras y contenidos, proponiendo vias de acceso a la información que den prioridad a la interactividad y el intercambio en lugar del lucro.

En otras palabras, el copyleft propone una relación con la información que la trata como información y no como mercancía, al prescindir del dinero como factor de mediación y acceso. La ley, pues, afirmaría que toda apropiación de bienes culturales como los libros o la música debe estar mediada por el dinero, y que toda apropiación fuera de ese marco no constituye una apropiación legítima. Pero estos dados están demasiado cargados desde el principio.

Como me gusta mucho meterme en problemas voy a tratar de ejemplificar esto mismo mediante matemáticas. Porque por eso hacemos las cosas en Internet, señores del jurado: por los lols.

Una lectura herestética del copyleft, algo 

Los ladrones operan en la desapropiación, poseyendo sin el consentimiento del poder (de la Ley), por ello pueden ser tratados como criminales. En ese sentido, los ladrones o los piratas están contemplados como sujetos dentro del marco de la ley. Como mencionaba hace rato, la piratería no es más que una variante de los mismos mecanismos de lucro mediante el que se obtiene un redito por una venta. ¿Cómo pensar, pues, en una desapropiación radical, una que desarticule la posibilidad misma de la posesión, una que vuelva para el poder indeterminable el crimen, o dicho de otro modo, que el poder no pueda determinar al autor intelectual de un crimen no-material?

En este marco, el copyleft no se define simplemente como la oposición o estado de resistencia frente a las leyes del copyright, sino que propone un curso de distribución alternativa desde su origen para la distribución y acceso a la información, tome la forma que tome, pero siempre bajo expreso consenso: funcionando como una ley-otra, paralela a La Ley, pretende desmarcarse, al menos desde el gesto, de la posibilidad del crimen. El copyleft, pues, no es propiamente anarquista, sino que busca ejercer una ley cuyo ejercicio mismo la constituye como tal; en otras palabras, ejercer un derecho crea ese derecho. 

La teoría de la herestética propuesta por el politólogo y matemático William Riker (no relacionado con el personaje homónimo de Star Trek, sabihondos) describe la manera en que un sistema de toma de decisiones se comporta ventajosamente para quienes definen el funcionamiento de dicho sistema. Es una propuesta sumamente aceptada dentro de la comunidad científica que fue desarrollada en la teoría de juegos para anticipar el comportamiento discrecional de los jugadores (por ejemplo, los votantes dentro de una elección presidencial) e incidir en el resultado, organizando desde un principio la estructura política para obtener el resultado que se desea.

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La ciencia política asume que las instituciones se comportan racionalmente, y desde Kant hasta hoy en la mañana racionalmente se equipara a la maximización del beneficio. Y el uso privado de la razón dicta que la ley es reflejo y expresión del acuerdo racional.

Riker afirma que en un sistema político tanto los gobernantes como el pueblo buscan siempre maximizar el poder, es decir, ejercer el mayor poder posible al menor costo posible, a la vez que limitar el acceso al poder del adversario. Ese poder se negocia bajo las mismas reglas del capital y se materializa en lo que Riker llama un ganador, es decir, el que se hace con mayores medios de administración del poder, meta de todo individuo político. ¿Pero qué pasa si la maximización del beneficio no es la única regla del juego?

Para ganar votos, los políticos cuentan con la retórica y la herestética, al grado que los viejos discursos de Cicerón quedan relegados a una vitrina mientras los discursos de campaña son construidos utilizando información estadística, preferencias electorales, proyecciones históricas y una serie de usos y presentaciones de dicha data con el fin de ofrecer un panorama de acción –si se prefiere, una jugada. La retórica sirve para decir las cosas de modo que la gente las comprenda a nivel emocional: no se apela a lo intelectual sino a lo identitario, funcionando como el famoso as bajo la manga. La herestética, sin embargo, podría definirse como la fábrica de ases bajo la manga: al construir un panorama que favorece su propia acción política, la herestética limita las posibilidades del contrincante de ganar en un sistema en cuyo funcionamiento tiene una función meramente simbólica.

Llamamos a este panorama, entre otros nombres, la ley.

El problema es que la ley en nuestros días sirve para prescribir lo que puede hacer la gente en lugar de regular lo que de cualquier modo hace la gente. Es el caso de las drogas, por ejemplo, cuyas leyes buscan hacer desaparecer una práctica en lugar de regularla. Pero no querríamos entrar en ese tema ahora, así, tan de refilón.

La única manera en que la gente puede hacerse de poder político, según Riker, es formar coaliciones y alianzas; sin embargo, esto no garantiza que la gente se convierta en ganadora. Los ganadores son los que aplican con excelencia el arte de la herestética: los que estructuran el mundo de manera que ganar sea más probable. Me parece que esto es justamente lo que ocurre con el copyleft: en lugar de jugar con las cartas que nos lega el adversario decidimos hacer trucos de magia con ellas, o castillos de naipes o lo que ustedes quieran, pero en definitiva no jugar a las cartas.

Tal vez de lo que se trate para llegar a una feliz conclusión en el asunto de los derechos de autor es de pensar que la tecnología ha cambiado la manera en que la gente compra y vende cosas, volviendo irrelevantes las leyes que estructuraban tales intercambios en un estadio histórico anterior. Lo irónico del caso es que el mercado es el que sigue prevaleciendo al final: la ley no es ni siquiera el que garantiza el buen funcionamiento del mercado, sino el mercado el que dicta la forma que toma la ley.

En ese sentido, probablemente la forma más radical de desapropiación sea el regalo: tal vez Eva no le comparte el fruto del árbol del conocimiento a Adán, sino que cada uno por su parte plantan nuevos árboles del conocimiento, como el seeding de cualquier programa de file sharing.

Para leer más pueden descargar aquí el libro Contra el copyright publicado por Tumbona Ediciones.

Twitter del autor: @javier_raya.