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Álter-instructivo: guía de derechos y responsabilidades legales para consumidores de drogas en México

Por: Luis Alberto Hara - 08/21/2013

La información es uno de los elementos imprescindibles para quien consume algún tipo de droga; en el caso del ámbito legal, conocer los derechos y responsabilidades asociados con esta práctica, la vuelve más consciente e impide abusos de la autoridad.

drogas_meEl consumo de drogas es todavía un asunto polémico en México, de posiciones encontradas entre la opinión pública. Para algunos se trata de una práctica que debe combatirse y aun perseguirse, preferentemente por la autoridad gubernamental, un problema que, desde esta perspectiva, puede abordarse desde la salud pública pero también desde la vía penal. Para otros se trata de una decisión personal en la que el individuo tiene la última palabra, una circunstancia en la cual una de las pocas obligaciones del Estado es garantizar la información suficiente al respecto y, si es el caso, los tratamientos médicos correspondientes, pero antes que todo privilegiar la prevención. Dos posturas hasta ahora irreconciliables en una época que, sin embargo, necesita cada vez más una resolución clara al respecto.

Entre otras consecuencias, esta situación ambigua provoca cierto ambiente de desinformación entre los consumidores habituales de alguna droga. Si socialmente estas sustancias no merecen el reconocimiento público y, por el contrario, la opinión mayoritaria es más bien despectiva, es usual que se generen códigos no escritos para castigar de algún modo a los usuarios de drogas. Muchas veces estas reglas espontáneas tienen más presencia que ley escrita y, paradójicamente, con mucha más severidad que esta.

A continuación compartimos la Guía de derechos y responsabilidad legales para consumidores de drogas en México elaborada por el Colectivo por una Política Integral Hacia las Drogas (CUPIHD), una organización de la sociedad civil dedicada a la investigación, la educación, la acción y la difusión orientadas a transformar la cultura y las políticas de drogas bajo un enfoque de reducción de riesgos, multidisciplinario, integral, científico y de respeto a los derechos humanos.

Se trata de una síntesis que da a conocer al usuario de drogas la situación que guarda con respecto a la ley vigente, tanto en lo que puede hacer como en aquello que tiene prohibido. En parte su propósito es informar, hacer ver que esta es una situación que ocurre actualmente y que la ley reconoce en una forma específica.

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Guía de derechos y responsabilidad legales para consumidores de drogas
Colectivo por una Política Integral Hacia las Drogas (CUPIHD)

 

1. Derecho a la Libertad. Puedes pensar y decidir sobe lo que entra en tu cuerpo y lo que no, mientras no trasgredas los límites establecidos en la ley. Esto incluye lo que te embriaga.

2. Derecho a la Información. Verídica, ética y científica sobre el uso de sustancias y el proceso adictivo.

3. Derecho a la Salud, incluyendo tu libre elección del tratamiento médico y/o psicológico, acorde a tu género y con absoluto respeto a tu integridad física, emocional y mental; así como recibir atención inmediata y económicamente accesible.

4. Derecho a la Confidencialidad en los tratamientos por problemas por consumo de drogas

5. Derecho a tratamientos por dependencia o abuso de drogas apegados a las normas mexicanas e internacionales. El internamiento forzado de las personas es ILEGAL, incluso si lo realizan familiares. Las leyes contemplan el internamiento involuntario sólo si la integridad física del sujeto a de terceros esta en inminente peligro y notificando a la autoridad civil; o si es la tercera detención por portación de drogas para uso personal.

6. Derecho a un proceso legal justo y apegado a la ley en caso de cometer algún ilícito. Tienes derecho a ser juzgado por lo que haces, no por lo que puedas llegar a hacer.

 

Lo que todo consumidor debe saber:

Consumir drogas no es delito pero si te sorprenden en posesión de drogas ilícitas, las responsabilidades son las siguientes:

*Si posees menos cantidad a la señalada en la tabla, independientemente si eres farmacodependiente o consumidor: no hay pena, pero la policía puede llevarte ante el Ministerio Público, quien deberá RECOMENDARTE asistir a tratamiento. A partir de la tercera detención, el tratamiento es obligatorio para los farmacodependientes .

*Si posees más cantidad a la señalada en la tabla, y "por las circunstancias del hecho no pueda considerarse destinada a comercializarlos o suministrarlos, aun gratuitamente" la pena es de 10 a 36 meses de prisión y hasta 80 días de multa .

*Si posees más cantidad a la señalada en la tabla, “siempre y cuando esa posesión sea con la finalidad de comercializarlos o suministrarlos, aun gratuitamente” la pena es de 3 a 6 años de prisión y de 80 a 300 días de multa.

*Si comercias o suministras “aun gratuitamente”, la pena es de 4 a 8 años y de 200 a 400 días de multa. Y de 7 a 15 años si se cometen en escuelas o a menos de 300 metros de su colindancia.

 

Conceptos usados por la Ley general de la salud

I. Comercio: la veta, compra, adquisición o enajenación de algún narcótico.

II. Farmacodependencia: conjunto de fenómenos de comportamiento, cognoscitivo y fisiológicos, que se desarrollan luego del consumo repetido de algún narcótico.

III. Farmacodependientes: toda persona que presenta algún síntoma de dependencia a algún narcótico.

IV. Consumidor: toda persona que consume o utilice estupefacientes o psicotrópicos y que no presente signos o síntomas de dependencia.

V. Narcóticos: los estupefacientes psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determina esta ley, así como los convenios y tratados internacionales de observación obligatoria en México.

VI. Posesión: la tenencia material de narcóticos o cuando estos están dentro del radio de acción y disponibilidad de la persona.

VII. Suministro: la transmisión material de forma directa o indirecta por cualquier concepto, la tenencia de narcóticos.

 

Tabla de orientación de dosis maximas de consumo personal e inmediato

tabla

 

RECOMENDACIONES

a) Si no consumes  NO CONSUMAS.

b) Si consumes, NO LO HAGAS EN ESPACIOS PÚBLICOS, NI PORTES NUNCA MÁS DE LA DOSIS ESTABLECIDA.

c)Nunca consumas cerca de escuelas, pues se considera un agravante a la posesión.

d)Si portas drogas, o aun si no portas y eres detenido por policías:

1) Hazles saber que tienes derechos y que no deben revisarte si no tienen una orden firmada por algún juez o ministerio publico.
2) Si te revisan y no portas drogas, no deben detenerte
3) En la medida de lo posible, evita ser llevado al Ministerio Público
4) En caso de ser presentado ante alguna autoridad, asume tus responsabilidades como consumidor. Si portas una cantidad de droga mayor a la establecida en la tabla pide la asistencia de un abogado.

e) NUNCA VENDER ni suministrar drogas; la nueva ley permite policías vestidos de civil, por lo que dar droga a alguien para verte "buena onda" te puede llevar a la cárcel. Suministrar a menores es un agravante

f) En caso de ser sujeto de detención arbitraria, extorsión o "siembra" de drogas, por parte de alguna autoridad, acude o llama a la comisión de derechos humanos más cercana.

NO DEFENDER TUS DERECHOS TE HACE VULNERABLE AL ABUSO DE PODER.

En el Distrito Federal, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal te atiende al 5229 5600.

En este enlace puedes encontrar la Guía para imprimir y distribuir en forma de folleto.

Con información de Drogas México