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Las autodefensas en México aceptan incorporarse como policías rurales

Por: Luis Alberto Hara - 01/28/2014

La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) de México busca institucionalizar las guardias civiles surgidas ante la falta de capacidad de las autoridades de brindar seguridad a la población.

aquilamichoacan2_0Hace casi un año, las autodefensas surgieron en el estado de Guerrero, producto del hartazgo de la presencia del ejército y de la Policía Federal en zonas inmersas en violencia, así como de la poca seguridad que, pese a la medida tomada, el estado garantizaba a sus habitantes. Pronto, este fenómeno se extendió hasta al menos 14 estados, en los que hoy existen autodefensas o policías comunitarias.

Sin embargo, estos movimientos son ilegales (aunque lo anterior parece sobrar cuando el efecto de la legalidad es contraproducente) es decir, en casi cualquier legislación está prohibido que los propios ciudadanos ejerzan medidas de seguridad pública y manejo de armamento. Así, después de casi un año de la presencia de estos grupos en México, el gobierno federal logró un convenio, al menos en Michoacán, para que las autodefensas procedan bajo el registro y el mando de las fuerzas federales.

Pero, entre las miles de cuestiones que este tema suscita, ¿para qué institucionalizar a las autodefensas, cuando, justamente, han marcado la diferencia al generar mejores resultados que el gobierno? Lo cierto es que, quizá, como fachada para mostrar un orden mínimo, el gobierno federal consiguió la firma de un acuerdo: ahora las autodefensas serán registradas, armadas y capacitadas por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), con el inevitable riesgo de que sea esta misma institución la que las vuelva inoperantes, burocráticas y con pocas herramientas para responder ante sus adversarios, los criminales, pues se verán obligadas a respetar órdenes del ejército y otras instancias de seguridad nacional.

A propósito del acuerdo entre autoridades y autodefensas,  aquí presentamos el manual de operación emitido en 1964 por la Sedena, para la operación de las guardias rurales: entre los aspectos que más llaman la atención de este documento, que aún no se sabe si será aplicado en este caso, están las condiciones de que deben ser estrictamente ejidatarios, no debe haber parentescos entre los miembros (cuando en las zonas rurales el vínculo más fuerte es el familiar), carecerán de sueldo, y en caso de guerra internacional (llama la atención el término) serán llamados a las filas de defensa. 

*Actualización: en la versión original de esta nota omitimos mencionar que el documento aquí presentado fue elaborado en 1964.