*

A partir de una querella periodística en que un hombre llamó a otro "maricón" y "puñal", la Suprema Corte de Justicia de México determinó que estas expresiones de tipo homofóbico son discriminatorias y provocan el odio, por lo cual no pueden ser amparadas por el derecho a la libre expresión.

performanceEn un fallo que se considera histórico en la historia judicial de México, la Suprema Corte de Justicia del país determinó que los insultos de homofobia no pueden considerarse expresiones de la libertad de expresión sino, por el contario, “manifestaciones discriminatorias”, “ofensivas e impertinentes” que no tienen cabida en el ámbito de la convivencia pública.

Con tres votos a favor y dos en contra, el tribunal falló a favor de Armando Prida Huerta, empresario dueño del periódico Síntesis, quien recibió los calificativos de “maricón” y “puñal” en una columna firmada por Enrique Núñez Quiroz y publicada en un diario de nombre Intolerancia.

En un primer reclamo judicial, Núñez Quiroz fracasó en su intento de indeminazción, pues el juez que llevó el caso determinó que dichas denominaciones —que en el lenguaje coloquial mexicano son sinónimos malsonantes de “homosexual”, específicamente hombre— no eran ofensivas dado que se dieron en un contexto de “debate periodístico” y como tal estaban protegidas por el derecho a la libre expresión.

La querella, sin embargo, llegó hasta la Suprema Corte, en donde se determinó que dichas expresiones son innecesarias incluso en el ámbito periodístico y, por el contrario, pertenecen a “una categoría de los discursos de odio”. “A pesar de que se emitan en un sentido burlesco, incitan, promueven y justifican la intolerancia hacia la homosexualidad”, abundó la Corte.

La resolución se da en una sociedad, la mexicana, en la que homosexualidad todavía se considera un tabú, lo cual redunda en conductas y de discriminación y aun de odio.

[El País]